¿Cuales son las obligaciones de los que se Inscriban en el Padrón de Anfitriones en Ciudad de Mexico?

6 de abril de 2024by contadoresencdmx0

¿Cuales son las obligaciones de los anfitriones Airbnb en Ciudad de Mexico?

Son obligaciones de los Anfitriones:

I. Registrase en el Padrón de Anfitriones de la Ciudad de México;

II. Inscribir los inmuebles de uso habitacional que ponen a disposición de los turistas;

III. Proporcionar a los turistas información clara, cierta y detallada de las características, precios y reglas de uso del inmueble ofertado;

IV. Exhibir en un sitio visible del inmueble los números de emergencia de la Ciudad de México, los números de contacto para solicitar la asistencia del Anfitrión o un representante, así como la constancia y folio del inmueble otorgado por la Secretaría;

V. Proporcionar semestralmente a la Secretaría, en los meses de enero y julio de cada año, un reporte del número de ocasiones en las que se han ocupado los inmuebles, la cantidad de noches ocupadas durante el periodo a reportar; proporcionar información falsa o ser omiso en la entrega de los informes de referencia, será motivo de baja del padrón;

VI. Contar con instalaciones seguras e higiénicas para el uso de los turistas;

VII. Informar a los vecinos inmediatos sobre el uso turístico de los inmuebles ofertados y proporcionar números de contacto para recibir reportes sobre el mal uso o situaciones de emergencia sobre dichos inmuebles;

VIII. Garantizar los requisitos de seguridad, atendiendo la normatividad en materia de gestión integral de riesgos y protección civil;

IX. Cumplir con las obligaciones en materia fiscal establecidas en la normatividad aplicable;

X. Registrar ante la Secretaría, en el Padrón de Anfitriones, número telefónico y correo electrónico para la recepción y solución de quejas por parte de vecinos y turistas relacionadas con el inmueble ofertado;

XI. Proteger los datos personales proporcionados por los turistas en términos de lo dispuesto por la Ley de la materia;

XII. Vigilar que no se ocupen las viviendas para actividades que alteren el orden público o afecten el interés social en las comunidades anfitrionas; y

XIII. Las demás que se señalen en esta Ley, su Reglamento y en las demás leyes aplicables en la Ciudad de México

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